Pregunta
Art. 49.1 Decreto 99/2009 — ¿Quién nombra a los vocales de la Comisión Jurídica y cuáles son los requisitos para ser vocal?
Toca para ver la respuesta
Respuesta
Art. 49.1 Decreto 99/2009: Nombrados por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería con competencias de administración pública. Requisitos: 1) Funcionario de carrera Letrado o Titulado Superior Especialidad Jurídica de la Junta, Asamblea o similar, 2) más de diez años en servicio activo, 3) no haber ocupado en los últimos diez años cargo público o puesto eventual.
¿La sabías?