Pregunta
Art. 123.2 LRJSP — ¿Qué requisitos se exigen para la creación de un consorcio en el que participe la AGE?
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Respuesta
Art. 123.2 LRJSP: a) Creación autorizada por ley; b) Convenio de creación autorizado por el Consejo de Ministros (no delegable); c) El convenio incluirá estatutos, plan de actuación, proyección presupuestaria trienal y informe preceptivo favorable del Ministerio de Hacienda.
¿La sabías?