Fichas · EXPROPIACION 3
Pregunta
Art. 110.2 LEF — Si el propietario se opone a conceder el permiso para los estudios, ¿qué se hace?
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Respuesta
Art. 110.2 LEF: se da cuenta al Gobernador civil (o autoridad competente) para que adopte las medidas pertinentes; el Gobernador puede además retirar la autorización a instancia de parte y exigir responsabilidad por abusos.
¿La sabías?
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