Pregunta
Art. 101 de las Directrices — ¿Qué se debe evitar en la redacción de las normas en cuanto al uso de extranjerismos y construcciones lingüísticas?
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Respuesta
Art. 101: Se evitará el uso de extranjerismos cuando se disponga de un equivalente en castellano, la utilización de palabras y construcciones lingüísticas inusuales, así como la españolización de términos extranjeros cuando en nuestro idioma tienen otro significado, y es conveniente mantener una terminología unitaria a lo largo del texto.
¿La sabías?