Fichas · PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (3/10)
Pregunta
Art. 22.1.f) LPAC — Suspensión por negociaciones para un pacto o convenio.
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Respuesta
Art. 22.1.f) LPAC: Cuando se inicien negociaciones con vistas a la conclusión de un pacto o convenio en los términos previstos en el artículo 86, desde la declaración formal al respecto y hasta la conclusión sin efecto, en su caso, de las referidas negociaciones.
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